Congelar carne de ternera gallega para afrontar la crisis sanitaria

La IXP Ternera Gallega autoriza la congelación de carne para afrontar la crisis del sector

La excepcional situación provocada por la pandemia de coronavirus está afectando gravemente a las ventas de productos del sector agroalimentario en Galicia. Esto se debe principalmente al cierre y a la disminución de la actividad de los restaurantes y otros establecimientos de la hostelería, que constituyen uno de los principales canales de venta de los productos gallegos de calidad, tanto en territorio gallego como en el resto de España y también en otros países.

En este sentido, la Xunta de Galicia en colaboración con empresas, productores y organizaciones del sector, han comenzado a establecer medidas para fomentar la venta y el consumo local de los productos gallegos, como es el caso de la campaña mercaproximidade.

En el caso de las carnes de la Indicación Xeográfica Protexida IXP Ternera Gallega, la suspensión de las actividades de hostelería y restauración está afectando gravemente al sector. Para solventar de manera temporal este problema y evitar la pérdida de estos alimentos, el Consejo Regulador ha solicitado una modificación temporal del pliego de condiciones de esta indicación geográfica, que hasta ahora prohibía expresamente congelar la carne, para que, de manera excepcional se autorice su congelación sin perder el sello de la IXP Ternera Gallega.

Así, en el pliego de condiciones actualmente vigente se establece que las carnes de vacuno se podrán congelar mientras duren las medidas que provocan las restricciones de su comercialización en los establecimientos de hostelería y restauración como consecuencia de la Covid-19. Las piezas de carne congeladas podrán comercializarse bajo la protección de la IGP solo hasta el 31 de diciembre de 2020.

Carne congelada
Logo IGP Ternera Gallega

Como es lógico, las piezas de carne deberán cumplir los requisitos aplicables a la comercialización de toda carne congelada de vacuno, y debe prestarse especial atención en lo relativo a la información al consumidor sobre el proceso de congelación y la fecha de consumo preferente, así como a la excepcionalidad de su comercialización bajo la protección de la IGP Ternera Gallega.

Esta medida excepcional, que supone una modificación temporal del pliego de condiciones de la IGP, es posible porque se trata de una situación de obligatoriedad derivada de una emergencia sanitaria. La normativa europea que regula las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas contenida en el Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, establece en su artículo 53.3 la posibilidad de modificaciones temporales de los pliegos de condiciones derivadas de medidas sanitarias o fitosanitarias obligatorias impuestas por las autoridades públicas.

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