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Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas

Las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas Protegidas son organismos que ofrecen, principalmente, protección. Protección al consumidor, ya que cualquier producto que esté catalogado dentro de ellas, vinos en el caso que nos ocupa, garantiza que ciertos criterios han sido aplicados al vino, en cuanto al tipo de materia prima (principalmente el tipo de uva) utilizada en su elaboración, al lugar de origen de los mismos, a los procesos llevados a cabo para alcanzar el producto final, el etiquetado, etc. Garantiza, por tanto, unos estándares de calidad en la producción del vino.

También protege a las bodegas adheridas al organismo respecto a posibles actividades de la competencia. Se trata de organismos vigilantes que evitan que otros vinos, que no estén elaborados por bodegas bajo el amparo de estos organismos, puedan beneficiarse de la imagen de calidad que ofrecen dichos organismos.

Otra de las labores a destacar de las DOs e IGPs son las de promoción, tanto de las bodegas como de los vinos en ellas incluidas, y son encargadas de encauzar fondos destinados a dicha promoción, ya sea nacional o internacional, ya sean públicos o privados, apoyando, al igual que es la intención de albariño.com, el desarrollo del medio rural.

También es labor de las Denominaciones de Origen e I.G.P., en colaboración con las bodegas y la propia administración, la elaboración de estadísticas, enfocadas a ofrecer datos sobre el vino. La calificación de las diferentes añadas, la evolución de las ventas, incluyendo información sobre exportaciones y consumo interno tanto en importe como en litros, la cantidad de producción de vino y la estructura de dicha producción entre las bodegas o la distribución de la cosecha en función del tipo de uva, ya sea blanca (albariño, treixadura, godello, etcétera) o tinta (mencía, caíño tinto, espadeiro, etcétera) son algunas de las estadísticas que ofrecen.

Pertenecer a una DO o IGP conlleva, obviamente, unas obligaciones. No queremos extendernos aquí sobre las mismas, pues cada una tiene su propia reglamentación, pero con carácter general éstas se centran en que las características y la propia calidad del producto tienen que deberse, en su conjunto, a los propios factores naturales y humanos que ya, de por sí, son inherentes a una zona en concreto. Es decir, debe tener unas características específicas del lugar y solamente se admiten variedades de uva concretas (siendo en todos los casos varias las uvas preferentes y/o admitidas). Además, cada fase de producción debe hacerse en la zona geográfica definida: de principio a fin, en su totalidad.

Cabe citar, por existir, la opción de las bodegas de crear vinos sin acogerse a ninguna de las Denominaciones de Origen ni Indicaciones Geográficas Protegidas, en cuyo caso han de pasar otros procesos de validación de producto.